28. Importante, pues como fundamento de la legitimidad democrática de la función judicial, se afirma que “las sentencias penales son los únicos actos jurídicos cuya validez depende de su verdad”[11], y sobre todo porque se afirma: el juicio[12]. 172 de la Constitución de la República de El Salvador, señala que: “(…) Corresponde exclusivamente a este Órgano la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (…)”, con lo cual queda claramente delimitada en qué consiste la principal actividad de este Órgano del Estado[48]. La técnica o acto por el cual un declarante brinda información ante el órgano jurisdiccional es el interrogatorio, el cual es practicado por el abogado oferente del medio de prueba mediante preguntas que deben cumplir los lineamientos señalados en el artículo 373 del ordenamiento antes señalado. [107] Las preguntas de máxima seguridad o muy seguras, son aquellas cuando uno puede refutar una respuesta desfavorable con una declaración procedente al testigo o con una evidencia fuerte y que Usted sabrá que respuesta obtendrá del testigo, sin ninguna duda. [81] MARROQUÍN GALO, José Fernando, ¿Existe conflicto…, p. 9. [38] Ver: LÓPEZ GUERRA, Luis; y otros, Derecho Constitucional, Tirant lo blanch, Valencia, 1991,Tomo I, p. 29 y 30. 87 0 obj
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WebA grandes rasgos, el derecho penal trata todo lo referente a los actos delictivos. GARCÍA DE ENTERRÍA, Eduardo, La Constitución como norma y el Tribunal Constitucional, Civitas, Madrid, 3º Edición, 1991. Más bien, el “ser oída” implica la oportunidad de intervenir, oponerse a os alegatos y pruebas en su contra, alegar y ofrecer prueba, entendiéndose pues, el “derecho de audiencia y defensa” en su expresión más amplia. Tales vicios, como muchos otros, repercutieron en una enorme mora judicial, el abuso de la detención provisional y sus consecuentes reos sin sentencia, el enorme costo del proceso, la ineficacia de la persecución y sanción de la criminalidad y su contrapartida, el excesivo número de casos de delitos bagatelarios, que generó entre otras cosas, la desconfianza y desprestigio de la Administración de Justicia, necesidad que motivó la adopción del nuevo Código Procesal Penal, que implicó la ruptura de muchos paradigmas en lo que a Administración de la Justicia Penal se refiere, con la introducción de nuevas instituciones y la redefinición de nuevos roles para los intervinientes en el proceso. WebErgo, refrescar la memoria es una actividad “amigable” del abogado defensor para con el testigo, y por esta razón se suele dar en el examen directo. (…)”,en Derechos y garantías. ), y la teoría jurídica, que es el conjunto de implicaciones y explicaciones jurídicas, que se desprenden de la teoría fáctica, de la que es subsidiaria. Por ello constituye un vicio de algunos tribunales, impedir a las partes el interrogatorio periférico y limitar sus preguntas al tema central; con esa forma de actuar se omite el examen sobre la confiabilidad del testigo.”. Como técnicas se exige del orador, capacidad persuasiva, siendo importante ‘lo que se dice’ pero también ‘cómo se dice’: Es decir, importa tanto convencer como persuadir. 348 CPP, que retomó las técnicas de oralidad como parte del sistema adversativo, en la producción de prueba durante el interrogatorio de testigos y peritos. Webmemoria del mal, tentación del bien - Derecho Penal en la Red ES English Deutsch Français Español Português Italiano Român Nederlands Latina Dansk Svenska Norsk Magyar Bahasa Indonesia Türkçe Suomi Latvian Lithuanian český русский български العربية Unknown Y otros aspectos procesales y dogmático penales en la Sentencia de Incostitucionalidad de la Ley transitoria de emergencia contra la delincuencia y el crimen organizado (I 15-96 Ac. Ello debido a que el juez no es titular de la pretensión alguna, por lo tanto debe asumir el deber de imparcialidad, aún frente a la tentación de la ‘búsqueda de la verdad real’ por sus propios medios, a través de la ‘investigación judicial autónoma’, como será en el juicio oral, que el juez asuma un rol protagónico interrogando al testigo o perito, provocando en consecuencia la producción de prueba sobre extremos de pretensiones que le son ajenas. Explican la infracción al deber de cuidado y creación de riesgo desaprobado, Conozca sobre la improcedencia del principio de confianza cuando hay deber de vigilancia. Por lo contrario, en el interrogatorio directo, debe formularse en este sentido: ¿Qué vio?, pues con ello, el interrogador no sugiere la respuesta al testigo, sino que es el interrogado quién aporta el dato objetivo o elemento de prueba al responder la pregunta, suministrando él los datos, y no el interrogador. 167-168. [110] BERGMAN, Paul, La defensa …, p. 169. Cuando no se han sentado las bases, esto es siempre impertinencia, pues se solicita declare sobre los hechos que aparentemente no tienen que ver con el asunto, por no haber sentado las bases el interrogador sobre la importancia de dichas respuestas; Falta de capacidad personal, cuando se solicita al testigo que declare sobre los hechos que no son propios de su profesión, oficio o condición, y que no está capacitado para suministrar dicha información; Perito no cualificado, cuando al perito se le solicita aporte datos técnicos o científicos sobre una materia que no le es propia; Falta de escrito original o de autenticación, cuando se pretende refrescar la memoria del testigo mediante documentos o textos cuyo origen se desconoce o no se ha establecido la existencia del documento original o la copia no es auténtica. abril 29, 2015. … [106] Resaltando las faltas de las cualidades testificales: percepción, memoria, narración, sinceridad, etc. Ok. Circunstancias que conllevan a la impugnación del testimonio. No sólo porque el Juez está investido de jurisdicción y todas las potestades que de ella dimanan, porque constituye un sujeto supra partes, pues al final es quien decide sobre la pretensiones en disputa, y porque le corresponde la dirección de la audiencia, las partes deben mostrar cierta reverencia y respeto hacia el Juez, pues además, legítima su función frente al los ojos de los justiciables y el público. Al respecto, BINDER[39] clasifica tales garantías constitucionales, en cuatro grandes bloques, como son: Las garantías básicas (juicio previo y presunción de inocencia), las que impiden la manipulación arbitraria del proceso (legalidad del proceso, juez natural, independencia e imparcialidad, inviolabilidad de la defensa, ne bis in ídem), las que limitan el poder del Estado de recolectar información (prohibición de la tortuga, derecho a no declarar contra sí mismo, inviolabilidad del domicilio e inviolabilidad de las comunicaciones) y las que limitan el uso de la fuerza durante el proceso penal (excepcionalidad de la detención provisional prisión preventiva). [86] Sobre la técnica y práctica de la oralidad ver además, GOLDBERG, Steve H., Mi primer juicio oral. Web- Refrescar memoria viene siendo una técnica de Litigación, que la vas a utilizar cuando precisamente tu Testigo al que le estás haciendo el interrogatorio directo mencione que … El relato y otras distorsiones a sistema adversativo. En caso de interferencia en el ejercicio de su función, el juez informará a la Corte Suprema de Justicia los hechos que afecten su independencia. Pero puede plantearse la objeción después de la respuesta del testigo, cuando el testigo se niegue a responder, evada la respuesta o no responda lo que se le pregunta, en cuyo caso la contraparte puede solicitar que el testigo se limite a suministrar la información que se le está solicitando por el interrogador en ese momento. El testigo puede ser impugnado por su falta de credibilidad, en razón a que el testimonio exige que quien lo de sea probo y … 2.2. [104] La repetitividad de las preguntas ha de referirse a temas ya agotados en el interrogatorio, y no debe confundirse con el examen que hace la contraparte en el interrogatorio, en el que ha de permitirse que interrogue sobre tales puntos o extremos acreditados en le interrogatorio directo, hasta que hayan sido suficientemente examinados, ya a juicio del juez al resolver la objeción por repetitividad como se verá más adelante. Ya se ha aclarado por qué es necesario e conveniente que el testigo o perito no relate su versión acerca de los hechos, sino que la información que aporte sea producto del interrogatorio realizado tanto por la parte que lo ha ofrecido, como por la contraparte. 8.2. Impugnación de credibilidad de testigos. Refrescamiento de memoria de testigos. [95] Y como afirma BERGMAN, “las preguntas son importantes en el interrogatorio directo, o porque ellas mismas posean un significado probatorio, sino porque son el instrumento que no utiliza para determinar el contenido y alcance de las respuestas de los testigos, y por consiguiente, influir sobre el efecto y credibilidad dl testimonio”, BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p.80. 0000005990 00000 n
III.-Conclusiones. De ahí, que frente a ese sistema que privilegia la búsqueda de la verdad real a cualquier costo o a costos sumamente gravosos contra la dignidad humana como lo supuso el inquisitivo, se hayan levantado barreras y garantías para proteger a la persona sometida al proceso; siendo la abstención total o parcial y la declaración sin que se requiera juramento o promesa, algunas de estas manifestaciones (el art. [11] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y razón …, p.605. Tales técnicas de interrogatorio conllevan una dinámica propia del sistema adversativo, donde la ‘verdad real’ surge del debate y la contradicción al testigo por la partes, limitándose el juez a ser un ‘árbitro’ en dicho debate, al restringir su actividad a la resolución de los incidentes planteados por las partes, con lo que se garantiza la imparcialidad que como tercero supra partes debe tener, respecto a las pretensiones en disputa. Sin embargo, esto choca con la concepción del modelo continental que es el que tradicionalmente ha tenido mayor influencia en nuestro sistema procesal. E Reconocimiento: Se entregará un Diploma de participación por la cantidad de horas cursadas avalado por SiLex, nuestro director Dr. Juan Antonio García Amado y cada Profesor responsable de cada módulo. A estas alturas es indiscutible el carácter normativo de la Constitución[32], y la vinculatoriedad y la obligatoriedad de las normas constitucionales para todos los poderes públicos[33]. -- (Colección cartillas) ISBN 978-958-58705-5-0 1. Selección y diseño de las preguntas para el contraexamen, 4. 262 CPP que el requerirse juramento o promesa al imputado, un método prohibido para su declaración). La Constitución de El Salvador no prescribe que el juicio debe ser oral, más bien el art.11 Cn. FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón, Teoría del garantismo penal, Trotta, 2º Edición, Madrid, 1997. 15:00 hrs. [69] MIRA Y LÓPEZ, Emilio, Manuel de Psicología Jurídica, Salvat Editores, Madrid, 1932, p. 149. ¿Cuáles son los elementos configurativos del prevaricato por acción? MIRA Y LÓPEZ, Emilio, Manual de Psicología Jurídica, Salvat Editores, Madrid, 1932. xref
Tel: (601)4255255 Ext. Se entienden por preguntas sugestivas, aquellas que sugieren las respuesta. A mayor abundancia, si el juez debe limitarse a escoger entre las versiones que le procuran las partes , queda fuera de su horizonte buscar por su cuenta una reconstrucción objetiva de los hechos”; IGARTÚA SALAVERRÍA, Juan, Valoración de la prueba…, pp.22-23. Estas dos última intervenciones, deberán limitarse a preguntar sobre materias muevas procedentes del interrogatorio inmediatamente anterior. [31] Institución criticada por FERRAJOLI al tocar el tema de la legitimidad democrática del juez a partir de su función cognoscitiva y decisora, señalando: “(…) me parecen inaceptables y peligrosas para las garantías del justo proceso y, sobre todo, del proceso penal, las doctrinas “consecuencias” y “discursivas” de la verdad que –nacidas en el contexto de disciplinas muy diferentes, como la filosofía de las ciencias naturales (Kuhn) o la filosofía moral o política (Habernas)- algunos penalistas querían importar ahora en el proceso penal, quizá para justificación de esas instituciones aberrantes que son las negociaciones sobre las pena. 14 y ss. Tal técnica es conocida como “Voire dire” del jurado: Ver: BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 258-262. 415 CPP), es decir, sin oír a la parte contraria, es decir, aquella que formula la pregunta objetada; por lo que puede recurrir en revocatoria, y una vez oídas ambas partes, el tribunal la decide en pleno o colegiada[120]. Cuando el testigo se encuentre en alguna de las causales señaladas anteriormente se podrá formular la tacha, y es el juez quien analizará el testimonio en el momento de fallar de acuerdo con las circunstancias de cada caso. Esto último con alguna dificultad, porque el tema periférico puede ser común a todos los declarantes, particular de cada uno o combinado. BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 158. Sobre las consideraciones metodológicas y técnicas de dicha Audiencia de Selección del Jurado, ver además: ESCUELA DE CAPACITACIÓN JUDICIAL del Consejo Nacional de la Judicatura, Prontuario No. 348 CPP salvadoreño[2], que retoma las técnicas propias del sistema adversativo. Ello debido que en el sistema adversativo acusatorio anglosajón, se requiere juramento al imputado si éste decide declarar. Para ello es necesario que se respete la defensa material y técnica del imputado[17]. 185 y 149 Cn.). [33] Art. Para ello, las partes deben preparar bien al menor y explicarle lo que ahí va a suceder, y eso sí, el juez debe ejercer u mayor control sobre el interrogatorio de las partes, para evitar que se afecte la deposición del menor. Interrogatorio Cruzado. [41] Así, en El Salvador, lo adoptan tanto la Constitución como el Código Procesal Penal, así: Art. En el discurrir de la audiencia de juicio oral puede suceder que un testigo citado por alguna de las partes no recuerde lo pretendido en su testimonio a pesar de que la parte interesada intentó refrescarle la memoria. [88] BERGMAM, Paul, La defensa en juicio…, p. 133-243. En el caso de Venezuela se hace impostergable construir la memoria jurídica de lo que ha acontecido durante estos últimos años en materia de atrocidades y abusos sistemáticos de … Es un motivo de controversia, y es una técnica propia del juicio oral en el sistema adversativo. Justicia transicional - Colombia 3. Jurisdicción indígena. Así, se han adoptado una serie de instituciones que no sólo constituyen excepciones a tales principios, sino que constituyen incluso reglas generales que los contrarían completamente. Como medios de rehabilitación tanto del testimonio como del testigo, tenemos: Finalmente, el recontrainterrogatorio, también comprendido en el inciso primero del art. Si aún así planteado el refrescamiento de memoria, el testigo sigue negando los hechos. Calle 70 No 7-30, Piso 8, Bogotá; D.C. (Colombia). [59] Art.172: “(…) Corresponde exclusivamente a este Órgano la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (…)”. Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico, REGLA 613. Las razones por las cuales el legislador salvadoreño decidió adoptar las técnicas de interrogatorio en el proceso penal, partieron principalmente del rol y característica que la Constitución les asigna y configura, reflejo del proceso penal liberal, a los distintos intervinientes del proceso penal; pero, además, en adecuación de la legislación secundaria a la normativa internacional de Derechos Humanos, apoyándose en la doctrina y legislación comparada. En el mismo sentido, JAUCHEN al referirse a tales preguntas sugestivas, entiende que son “aquellas en que el hecho o circunstancia que se pretende conocer o esclarecer con la respuesta del testigo, se le indica mediante la pregunta, sugirieron de este modo la respuesta que debe dar. Definición de Impugnación de Testigos publicada por Víctor Manuel … 9. Pero si tal prohibición se refiere únicamente a la ‘información novedosa’, no tiene sentido que se siga manteniendo respecto de la información que ya fue incorporada al juicio por el órgano de prueba que está siendo interrogado, y es que en el sistema adversativo se hace necesario el uso del interrogatorio sugestivo en el contrainterrogatorio; ello por dos razones: (1) Porque el abogado de la parte contraria a quien ha ofrecido al testigo o perito como órgano de prueba, por lo general no goza de su empatía afinidad, no estando identificado con el examinador[82] como sí lo tiene con el abogado quien lo ha ofrecido como órgano de prueba, con quien se manifiesta colaborador; y (2) El interrogatorio sugestivo en el contrainterrogatorio permite que la prueba ya incorporada al proceso sea sometida a parámetros que garanticen su confiabilidad, con lo que contribuye ala convicción de que sea verdad que se ha alcanzado se fortalezca o se disipe, alcanzando la finalidad normativa y al primacía de los valores y principios constitucionales[83], especialmente el de contradicción, que además es un principio de derecho probatorio. El principio de verdad real se configura como principio limitativo del ius puniendi, siendo ésta un producto, no del simple decisionismo voluntarista y arbitrario del Juez, sino de una actividad dinámica propia de las disciplinas cognoscitivas. La ley no podrá modificar o derogar lo acordado en un tratado vigente para El Salvador. Esa “apariencia” que tienen las partes, es lo que se conoce en el proceso anglosajón como “demeanor”: Un elemento importante también, dentro de las técnicas de oralidad, a efecto de la transparencia y credibilidad del juicio; sobre todos para los justificables -imputado y víctima- y frente al público que asiste a la Vista, siendo el control popular, otra forma de control sobre la Administración de Justicia. Web[Refresco de memoria] ¿QUÉ ES? De ahí que se diga que “una imagen habla más que mil palabras”. Los peritos y testigos expresarán la razón de sus informaciones y el origen de las noticias, designando con la mayor precisión posible a los terceros que se les hayan comunicado. ¿Dónde me siento? Considero que el juez no debe interrogar al menor, pues se coloca en ocasión de producir prueba; y como se dijo antes, debe limitarse a apreciarla y valorarla; y a dirigir el debate. Podría afirmarse que ello no va con nuestra tradición jurídica porque la declaración del imputado es un medio de defensa (FERRAJOLI, idem.) La defensa penal y la oralidad, 2º Edición, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1989. Ello no se traduce en que el juez pueda irrespetar a las partes, representantes y demás intervinientes: Por el contrario, debe haber un respeto mutuo y recíproco, dada la solemnidad, formalidad e importancia que el acto del juicio representa para los justiciables. Pero si decide declarar, debería hacerlo bajo juramento y bajo la forma y tratamiento del interrogatorio del testigo o perito. WebMemoria de derecho penal: (2018/2019) INDICE: 1 de clase: 1 Duración de la pena 1 Crisis de la pena de prisión 1 Localización permanente 1 Suspensión de la pena de prisión 1 … Edición, 1991. Webderecho penal internacional, en Pesadilla de la sociedad de la informa-ción: los delitos informáticos de Israel Trujillo Márquez, el autor nos sitúa en el contexto de un mundo global en el que el uso de los medios electrónicos da lugar a que se realicen conductas delictivas antes no contempladas en los ordenamientos penales, de tal manera Cómo debería procederse en ese tipo de casos? Al compararlo con un “teatro”, se exige de los intervinientes, que “actúen” de acuerdo al rol que tengan, a efecto de lograr la credibilidad en su actuación. Ello motivó un estudio y reflexión sobre la configuración constitucional del proceso y los nuevos roles que debían asumir los intervinientes, entre los que destacaban la enorme actividad de las partes y la pasividad del juez, durante el proceso, pero en especial durante la audiencia oral. La aplicación del contrainterrogatorio va a depender de la naturaleza de la prueba, la duración del proceso, etc. fI.- REFRESCAR MEMORIA Procedimiento: Si el testigo manifiesta no recordar algún hecho que se le ha preguntado: 1.- Preguntar al testigo si ha rendido una declaración anterior sobre los hechos materia del juicio. Su labor docente también ha girado en torno a las técnicas de litigación. 352 de Costa Rica. Si el emisor no tiene dominio del idioma— aunque aunque la idea de la realidad sea muy precisa— no podrá exponerla con precisión; y el receptor no tiene la preparación para interpretar adecuadamente la comunicación del emisor, tampoco percibirá el mensaje. Incluso las pruebas del tipo de los documentos y las fotografías no son más que fragmentos de la realidad, y su valor probatorio, a menudo, depende de las descripciones verbales.[20]. 46-2009, aprobada el 30 de julio de 2009. ¿Debe la defensa hacer alegaciones de apertura? WebLas principales características del derecho penal son: Es un derecho público. En esos casos pueden ser utilizadas los registros en que consten dichas declaraciones o el peritaje para: • Ayudar a la memoria (refrescar memoria). [94] Habrá que reflexionar si el tratamiento que se le da al testigo o perito es aplicable al imputado, en cuanto al interrogatorio y juramento, para determinar si riñe con la Constitución de la República y que exigiría una reforma legal al respecto (art. 376 del cÓdigo nacional de procedimientos penales, … Además, señala FERRAJOLI que el poder judicial se configura “como un contra-poder , en el doble sentido que tiene encomendado el control de la legalidad, es decir, la validez de los actos legislativos tanto como el de los administrativos, y la tutela de los derechos fundamentales de los ciudadanos frente a las lesiones que pudieron provenir del estado. 348 CPP; y finalmente, una reflexión final sobre el tema tratado. ¿Y qué diré?, 1º Edición, Heliasta, Buenos Aires, 1994. Se encarga de definir los delitos y sus penas. 9 de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano. 1. 2.1. Corroborar el testimonio impugnado mediante prueba independiente, tal como otro testigo presencial que haya sido ofrecido con anterioridad; Refrescar la memoria del testigo mediante una nota o escrito; así, el inciso cuarto del citado art. E igual forma, cuando el testigo no responde, ya sea que se niegue a responder o evada la pregunta con otra respuesta. Compendio de actos para su desarrollo, Imprenta Criterio, San Salvador, junio de 1999, p. 41-48. La metodología empleada será en principio, una reflexión sobre los fines de la reforma procesal penal, a partir de la configuración constitucional del proceso, y la asunción de los nuevos roles que deberían asumir los intervinientes; y de ahí analizar el contenido, alcances y límites a la reforma del art. y que por lo tanto, limitan el conocimiento de esa verdad. (iii) Por otra parte, existe la memoria del pasado reciente y la memoria del pasado remoto. o ‘creencias falsas’ acerca de determinadas proposiciones sobre una realidad concreta. En ninguna parte del memorial, se puede traer a colación hechos que no figuran expresamente en el caso hipotético. EDWARD C. A. WORRALL GONZÁLEZ[1] ARMANDO JUÁREZ BRIBIESCA[2] Sumario: I.- Introducción. [63] La jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, tuvo un enorme protagonismo a fin de adecuar la anacrónica legislación, a las nuevas exigencias del marco normativo constitucional, en supuestos tales como a la excepcionalidad de la detención provisional como medida cautelar ( HC 9-V-94 8:50 hrs. Remember me on this computer. Webcontradicciones, o con el fin de solicitar. El relato espontáneo tiene el defecto de ser, por una parte, incompleto, y por otra, irregular, pues el sujeto no se extiende uniformemente en su explicación; y además, ofrece demasiado material impertinente, pues en múltiples ocasiones elementos interpelados que nada son útiles, antes bien, sólo sirven para hacer perderse a quien los consulte en detalles sin importancia, siendo esos impertinentes, irrelevantes e inútiles. De tal forma que presentaba distorsiones en cuanto a la actividad del juez en la acreditación del testigo o perito, el interrogatorio sobre los hechos, y sobre todo, en cuanto a la prohibición del uso del interrogatorio sugestivo en el contrainterrogatorio. [5] Se afirma que “la palabra escrita ha sido la tradición en los procesos legales y es difícil abandonar las tradiciones; lo innovador generalmente causa incertidumbre, y consecuentemente rechazo hasta que se comprueba que produce frutos (…)”, en QUESADA PACHECO, Jorge Arturo, Análisis del discurso oral en el proceso penal, EUNED, San José, 1998, p. 4. var _gaq = _gaq || []; _gaq.push(['_setAccount', 'UA-25837628-3']); _gaq.push(['_trackPageview']); (function() { var ga = document.createElement('script'); ga.type = 'text/javascript'; ga.async = true; ga.src = ('https:' == document.location.protocol ? Derechos de la víctima. WebComo también se le ha denominado “sentar las bases probatorias antes de incorporar un Elemento Material Probatorio en Audiencia de Juicio Oral propiamente” en el sistema … [37] TINETTI, José Albino, Los fundamentos del valor normativo de la Constitución, Revista de Ciencias Jurídicas No. En el proceso penal, s afirma, tal desequilibrio y desigualdad inicial se logran compensar a través de la inviolabilidad de la defensa, constituyendo una forma de equiparar y de poner en condición de igualdad al imputado frente al Estado. Con tal procedimiento, se salvaguardaría el trabajo de las partes con sus interrogatorios, no se ganarían la apatía o antipatía del Jurado al objetar las preguntas inadmisibles, el Juez ejercería un control sobre dicho interrogatorio, que sería realizado por las partes. [101] BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 83. Por ello, dentro del esquema garantista, es necesario que el proceso sea un proceso de verificación como parte de la epistemología acusatoria o falsacionista, sujeta a prueba (modus ponens) y a refutación (modus tollens), es decir, al contradictorio. Código de Procedimiento Penal. Construcción de las notas de apoyo de memoria. Tal libreto o pieza teatral es presentada a un auditorio que está compuesto no sólo por el público, sino en especial por el Jurado, el Tribunal colegiado o el Juez unipersonal, quienes son los que valorarán la credibilidad de su obra[124]. [77] MARROQUÍN GALO, José Fernando, ¿Existe conflicto…, p. 8. Presupuestos básicos para un control constitucional efectivo en materia de tratados internacionales y reformas constitucionales, Reflexiones sobre la obstrucción legal a las candidaturas independientes en México. Si bien es cierto, tales técnicas se relacionan más que todo con la actividad de las partes[86], el juez debe conocerlas y dominarlas, pues de recordar que cómo árbitro y director del proceso, a él le corresponde decidir qué elementos de prueba pueden ingresa al juicio y qué no, resolviendo los incidentes planteados por las partes por medio de las objeciones. [99] BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 89. Ahora…, Le suponian q le pusieran una linea central para administrarle antibiótico y…. Web9.8K views, 482 likes, 22 loves, 15 comments, 490 shares, Facebook Watch Videos from Sistema Penal Acusatorio Y Oral - Capacitación Puebla: Ejercicio de Refrescar Memoria. Cuando apenas ha transcurrido un corto período entre el hecho y la declaración, la memoria podría abarcar lo central como lo periférico; paro si ha corrido mucho tiempo entre ambos eventos, los detalles que no dejan impronta tienden a olvidarse (…) De manera que la valoración del testimonio es harto complicada, pues la confianza o crédito en el declarante depende en gran medida del interrogatorio periférico. Para VÉLEZ MARICONDE[44], la presunción de inocencia, tiene al menos, tres consecuencias importantes: Tal principio constituye más bien una norma constitucional vinculante para todos los poderes públicos, que incluye a los jueces al momento del juicio oral y público, en especial, respecto de la carga de la prueba y al deber de imparcialidad del juez. Por otra parte, me parece impráctica la actual regulación de la declaración del imputado, pues sus incoherencias, contradicciones y mentiras no pueden ser valoradas, a menos que confiese. [122] En este punto, es importante recordar el cuidado que deben tener tanto el juez como las partes, especialmente en caso de Jurado, sobre el uso de las falacias en los razonamientos, que constituyen ‘ideas equivocadas’ Fundamentos de la relación procesal penal. Sin embargo, el Presidente del Tribunal puede autorizar la sugestividad en el interrogatorio dir El art. 415 inciso segundo CPP, señala: “Durante las audiencias el recurso se interpondrá verbalmente, inmediatamente después de la decisión recurrida.”. De la mano de expertos y experimentados profesores en la materia –desde el ámbito teórico y, sobre todo, práctico– el curso busca entregar a sus estudiantes las herramientas precisas para alegar de forma persuasiva, interrogar de forma amplia y certera, y contraexaminar de manera precisa y profiláctica. os del sistema adversativo y acusatorio adoptado por el legislador salvadoreño, exigen un rol pasivo al juez y mayor actividad de las partes, renunciando a aquella búsqueda de la verdad real, a cualquier costo -incluso torturando, o para decirlo en palabras precisas: aplicando tormento-, propia del sistema inquisitivo. Así configurado el proceso penal, el que se llegue a la ‘verdad real’, con las limitaciones antes señaladas por FERRAJOLI, se garantiza en primer lugar con la inmediación de la prueba, es decir, ese contacto físico con el Juez con el órgano, medio y elemento de prueba[16] y que tienen como características la oralidad, la continuidad del acto de prueba y del debate, la identidad y presencia física del juzgador, así como otras características tales como la publicidad del debate, la libertad y comunidad de prueba y la libre valoración y convicción. HESSE, Konrad, Escritos de Derechos Constitucional, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1992. Las causas o motivos de la objeción son de dos tipos: Las que se refieren a aspectos de forma y las que se refieren a aspectos sustantivos o de fondo. 2.3. arreglo a las leyes” y el art.12 menciona “juicio público”; no obstante se afirma que dentro de un sistema penal democrático, la oralidad es digna de elevarse a rango constitucional[55], presentando una serie de ventajas sobre el procedimiento escrito, y sobre todo, porque el juicio oral es propio del sistema republicano. Son prohibidas además, las preguntas capciosas, que son aquellas de doble sentido, que pretenden confundir al testigo e inducirle a dar una respuesta errónea, mendaz o ambigua; y las preguntas impertinentes, que son las que no se relacionan con el objeto de prueba[103], no siendo aconsejables, además, las preguntas repetitivas, que comprenden preguntas sobre hechos que ya se acreditaron[104]; las preguntas argumentativas, en las que el examinador no hace una pregunta sino que argumenta o formula una tesis o razonamiento determinado; y las preguntas compuestas, que contienen dos o más materias a ser contestadas por el testigo. [87] BREGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 25-26. Cuál sería el siguiente paso?? Enter the email address you signed up with and we'll email you a reset link. El Derecho del Consumidor en el Marco del Comercio Internacional: Caso Brasil. b) Posibilidad de “interrogar” o “hacer interrogar” a los testigos de cargo. x�b```f``���������π �@1�h`@�?q�
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Inconsistencias, 2f. En el mismo sentido, MONTERO AROCA, Juan, Introducción al Derecho Procesal, jurisdicción, acción y proceso, Tecnos, Madrid, 1976, p. 244-256. A … [9] Que comprende los subprincipios de intervención, contradicción, imputación, intimación originaria, ampliación de la acusación, intimación complementaria, correlación entre acusación y sentencia o congruencia, reparación del daño y motivación de la sentencia. Mtro. Sin embargo, considero aconsejable que sean las partes quienes interroguen al menor, dada la idea del sistema adversativo y acusatorio que conllevaba el espíritu de la reforma. [111] BERGMAN, Paul, La defensa…, p. 171. Juan Carlos Páramo Vásquez es el director general de litigación oral de la Fiscalía del estado de Guanajuato, México. WebCódigo Penal. Las leyes penales no podrán … Como también se le ha denominado “sentar las bases probatorias antes de incorporar un Elemento Material Probatorio en Audiencia de Juicio Oral propiamente” en el sistema procedimental actual de tendencia acusatoria. El interés público tiene primacía sobre el sector privado.”. El cuarto, que trata sobre las técnicas de oralidad el proceso, con especial énfasis en las técnicas de interrogatorio adoptadas en el art. Por sus “sentimientos si el testigo presenta algún vínculo afectivo o sentimental con alguna de las partes. b) El interrogatorio al testigo o perito[94]. GINEMO SENDRA, José Vicente, Fundamentos de Derecho Procesal, juridicción, acción y proceso, Civitas, Madrid, 1981. Instituido como un tercero supra partes, cuya caracterización y garantía orgánica más importante es la imparcialidad frente al litigo, y no siendo titular de pretensión alguna, el juez debe asumir un rol eminentemente pasivo frente a la actividad probatoria, debiendo l En cambio en el sistema acusatorio, la investigación y formación de prueba es legal (prohibiciones probatorios, necesidad de orden judicial , método legal de formación de prueba), pero su valoración es libre para el Juez FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón…, p. 612. [119] Como se ha indicado supra, la pertinencia o impertinencia del interrogatorio con el objeto de prueba, debe serse cuidadoso a efecto del que el interrogador pueda explorar y examinar los temas centrales y periféricos del hecho. Para ingresar a nuestra memoria cualquier percepción o experiencia son indispensables diversos hechos: Fijación.- Es la aprehensión de una parte de las excitaciones sensoriales y su impresión en el sistema nervioso para formar los engramas. La acreditación del testigo por parte del Juez, el uso del ‘relato’ por parte del testigo o perito, el interrogatorio por parte del juez sobre los ‘hechos’, la prohibición del uso del interrogatorio sugestivo en el contrainterrogatorio, son parte de las distorsiones al sistema adversativo que aún perviven en la legislación y prácticas procesales, que deben ser desechadas con la adopción de las técnicas de oralidad y de interrogatorio, propias del sistema adversativo y acusatorio. De antemano muchas gracias. Buenas noches doctora, en casos complejos donde el testigo declara, se puede realizar mas de un refrescamiento de memoria dentro de un mismo interrogatorio?. [58] Aunque jurídicamente sea posible y permisible que el imputado pueda contrainterrogar a los testigos de cargo en su contra, técnicamente no es recomendable; pues el dominio de las técnicas de interrogatorio requiere de un conocimiento especializado que el imputado no tiene; por ello es aconsejable que “haga interrogar” al testigo, por medio de su abogado defensor, sobre los puntos que él quiere cuestionar en su defensa. Y por sinonimia, se entiende sugestión tanto inspirar o insinuar, como dominar la voluntad: por lo que queda prohibida la segunda idea respecto a las preguntas sugestivas[77]. EL NUEVO ROL DE LOS INTERVINIENTES EN EL PROCESO PENAL. El testigo puede ser impugnado por su falta de credibilidad, en razón a que el testimonio exige que quien lo de sea probo y honeste, y cuando está demostrado que el testigo a mentido antes, o ha incurrido en injuria o calumnia, por ejemplo, afecta su credibilidad y el testimonio que dé puede no ser confiable por los antecedentes que se acrediten. WebPASOS PARA REFRESCAR MEMORIA USO DE DECLARACIONES ANTERIORES EN JUICIO E INCORPORACION PRUEBA DOCUMENTAL USOS DECLARACIONES ANTERIORES Que son las Declaraciones anteriores o previas. Pasividad del juez. 8.2.f CADH, se establece el “derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que pueden arrojar luz sobre los hechos”, restringiéndose el derecho de interrogar a los testigos de cargo únicamente a la defensa, entendiéndose que quien la ejerce es un defensor ajeno a la persona acusada. Una vez destruida o cuestionada la credibilidad del testimonio o del testigo, la parte que la ofreció puede rehabilitarlo mediante un nuevo interrogatorio que se conoce como interrogatorio redirecto. [105] Sobre los alcances del contra interrogatorio, ver: CHIESA APONTE, Ernesto L., Derecho procesal penal de Puerto Rico y Estados Unidos, Editorial Forum, Primera Reimpresión, Volumen I, San Juan, 1995, p. 398 y ss. 14-feb-97), etc. Webderecho a la confrontación (iii) se utiliza para demostrar la verdad de lo aseverado; esto es, como medio de prueba y no como tema de prueba activándose de esta manera el derecho del acusado a controvertir y confrontar las pruebas de cargo, así como a intervenir en su formación, lo que se imposibilita precisamente por Haz clic en uno de nuestros representantes para recibir asistencia. [124] Lo comprara con un “teatro” porque la “verdad” lo que sucedió realmente- carece de significado independiente. De igual forma, el art. 341, del 23 de octubre de 1998. 0000001063 00000 n
ESCUELA DE CAPACITACIÓN JUDICIAL del Consejo Nacional de la Judicatura, Prontuario No. Tal interrogatorio comprende un primer interrogatorio, conocido en la doctrina como interrogatorio directo, realizado por la parte que ofreció o presentó la prueba; el contrainterrogatorio, que le corresponde realizarlo a la parte contraria a quien ofreció la prueba. [43] Ver: MONTAÑES PARDO, Miguel Ángel, La presunción de inocencia, Aranzadi, Madrid, 1999, p. 43 y ss. ¿Dónde me siento? 1) Fundamentar la falta de memoria del testigo sobre un hecho. La respuesta en el redirecto puede tomar la forma de explicación o calificación de los hechos, o aspectos sustantivos solicitados en el contrainterrogatorio. La persona detenida deber ser informada de manera de inmediata y comprensible, de sus derechos y las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. (2) No era razonablemente asequible a dicha parte mediante el uso de las órdenes para la presentación de prueba documental o por cualquier otro medio disponible. En el juicio oral, pues, debe aportar la prueba mínima de cargo, suficiente para lograr la convicción del juez respecto de sus pretensiones; y tiene un rol muy activo acreditando tales extremos y desacreditando los extremos probatorios ofrecidos por la defensa. Por interés en relación a sus apoderados; por ejemplo, si el testigo es subordinado de a algún apoderado. Es el mecanismo legal más grandioso para el descubrimiento de la verdad, y se presenta como una ‘lucha entre el abogado y el testigo’, siendo el contrainterrogatorio un ‘juego de presión’. 348 CPP, Sin embargo, las técnicas de oralidad no se limitan al interrogatorio de los órganos de prueba, sino que también existen técnicas de oralidad que se relacionan con todo el debate, Si bien es cierto, tales técnicas se relacionan más que todo con la actividad de las partes, Las partes han de llegar ante el tribunal con una historia legal, verosímil y persuasiva, Esa evidencia se clasifica en: (1) evidencia afirmativa, Es la principal oportunidad para introducir los elementos de prueba de los hechos que se pretenden probar, Dentro de la estrategia de presentación de la prueba y de los elementos de prueba que suministre el testigo, existen al menos dos formas: (1) El cronológico, que pretende recrear los hechos conforme al orden de cómo sucedieron en el tiempo, Por otra parte, en cuanto al contenido y forma de las preguntas, se aconseja la sencillez y brevedad; el uso de las preguntas abiertas, Por el contrario, son prohibidas por regla general las preguntas sugestivas, pero además no se recomiendan por los inconvenientes técnicos que pueden producir, Son prohibidas además, las preguntas capciosas, que son aquellas de doble sentido, que pretenden confundir al testigo e inducirle a dar una respuesta errónea, mendaz o ambigua; y las preguntas impertinentes, que son las que no se relacionan con el objeto de prueba, Es el interrogatorio de un testigo por la parte que no hizo el interrogatorio directo, es decir, por la contraparte. Reformado por D.L. -- Bogotá : Centro Nacional de Memoria Histórica, 2014. Fundamentos de la relación procesal penal. * Trabajo presentado en el Seminario de Derecho Procesal Penal, impartido por el Doctor Gilbert ARMIJO SANCHO, en el Posgrado de Administración de Justicia de la Universidad Nacional de Costa Rica, Heredia, noviembre de 2000, corregido en su versión original. Estructura, componentes y diseño de unas alegaciones conclusivas persuasivas, Descomposición y valoración de las pruebas practicadas en juicio oral, Particularidades para el análisis de la prueba testimonial, documental, física y pericial, Herramientas para una adecuada exposición de los componentes de derecho sustancial aplicables al caso, Objeciones y prohibiciones durante las alegaciones de conclusión. La audiencia oral se limitaba a los alegatos de las partes luego de la lectura de la minuta y prueba. Refutar la prueba impugnatoria de la parte contraria, es decir, que los hechos y circunstancias establecidos en el contrainterrogatorio pueden también ser cuestionados, con lo que tal refutación descansa en la sana discreción judicial. De ahí que resulta inseguro su resultado, inútil su práctica y anacrónico dicho procedimiento en el modelo adversativo acusatorio adoptado, y que tiene en el contrainterrogatorio el momento culminante de la verificación de la veracidad o mendacidad d la prueba testimonial o pericial, sin necesidad de acudir a dicho careo. Así como la separación de los órganos de investigación de un orden distinto del judicial y la posición de igualdad de las partes. Diplomado Código Procesal Penal y litigación oral. Pero sobre todo, porque es parte de que el “control” de los poderes públicos, constituye una idea inseparable al concepto de Constitución[37]. 366 al 378 CPP. [40] [64] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón…,p. 285, 286, 287, 290, 291 CPP de Costa Rica. 348 CPP, debe limitarse a preguntar sobre materias nuevas procedentes del interrogatorio inmediatamente anterior. Sus normas están recogidas en el código penal. BERGMAN, Paul, La defensa del juicio…, p. 47-55. enfriar, refrigerar, congelar, atemperar, helar. Si embargo, aún hay muchos ordenamientos jurídicos que tienen la modalidad de la escritura en sus procesos penales, sin que se aduzca que se violenta la normativa internacional. El agua como derecho humano y su privatización. Y a lo anterior debe sumarse que el centro de interés de la persona podría tener tal relevancia -ser el objeto de la agresión, la impresión por el acometimiento contra otro, etc.- que no permite asimilar lo periférico, por lo que tampoco quedará grabado en la memoria del pasado reciente.”. Derecho a la Seguridad Social de migrantes en situación irregular; Derechos Humanos y Democracia; Juicio de Amparo y Nuevo Sistema de Justicia Penal: … WebIntroducción. gicas y tácticas de defensa material y técnica, a su propio riesgo, en cuyo caso asume la responsabilidad del testigo al ser interrogado sobre hechos que le constan. Sino además “parecerlo”. Por su parte, el art. ¿Fue Víctima de Una Caída y Necesita Un Abogado Con Amplia Experiencia? Podríamos afirmar que la publicidad va relacionada estrechamente con la oralidad[56], aunque ésta última se refiere más directamente a la inmediación de la prueba, difícilmente puede concebirse un juicio público que sea escrito; es decir que la oralidad viene siendo una consecuencia directa de la publicidad del juicio, esto es, del debate en el que se garantiza la intervención del imputado, pro sobre todo, con la posibilidad de “interrogar” o “hacer interrogar” a los testigos de cargo en su contra. Por otro lado, hay que tener … Litigación. Antecedentes: Transición de la escritura a la oralidad. Es el medio por el cual se pretende llevar un conocimiento prematuro ante el fallador, dando matices de lo que se va a tratar en relación al tiempo, el modo y el lugar. Tel: (601)4255255 Ext. gracias por la ponencia. Antónimos: calentar, templar, achicharrar. Pero frente a esta enorme actividad desplegada por las partes, a contrario sensu, el Juez debe caracterizarse por su enorme pasividad en el juicio. MONTAÑES PARDO, Miguel Ángel, La presunción de inocencia, Aranzadi, Madrid, 1999. or reset password. [14] Sobre las distintas posiciones acerca de la importancia y posibilidad de encontrar la ‘verdad real’ en el proceso penal, IGARTÚA SLAVERRÍA distingue tres grandes tendencias o posturas: La primera, que sostiene que la verdad es indiferente e irrelevante para los fines del proceso, dentro de las que se destacan las concepciones retóricas, que hacen énfasis en la persuasión y que atiende a criterios de conveniencia y eficacia; y las concepciones narrativas, que centran su atención a criterios semióticos o del lenguaje. ¿Es la sociedad mexicana conforme e indiferente? Inmediatamente después declarará cerrado el debate.” Ello es lo que se conoce doctrinariamente como ‘derecho a la última palabra’. Falta de pertinencia de la pregunta con relación al objeto del debate. [27] Ver: FERRAJOLI, Luigi, Derechos y garantías. PROFESORES/AUTORES: ☆☆ SERGIO POLITOFF L. Diplomado en Ciencias Penales en las Universidades de Roma y Leipzig Profesor Titular de Derecho Penal de la Universidad de … El presidente y los otros miembros del tribunal, podrán interrogar al perito o testigo, pero con las limitaciones que el deber de imparcialidad les impone.”. c) El interrogatorio por parte del juez y del jurado sobre los ‘hechos’. FERRAJOLI[13] ha señalado la imposibilidad de llegarse a la verdad real como enunciando epistemológico, pues no puede confirmarse con absoluta certeza ni aún en las ciencias exactas ni en las ciencias del ser, pues tienen un conocimiento relativo que se destruye a partir de cambio de paradigma científico. [15] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y razón …, p. 50. Cuando el testigo sólo usa el escrito para refrescar memoria, se admite su testimonio basado en el recuerdo revivido; cuando se admite el escrito mismo, el testigo no puede recordar los hechos ni siquiera con la ayuda del escrito aunque da fe de que los mismos ocurrieron como son relatados en el escrito.”. [115] Constitución de la República: “Art. ¿Es Víctima de Un Accidente de Auto, Motora o Camión? [90] Evidencia de refutación o de contradicción, es la que establece hechos que contradicen con el del adversario; es prueba contradictoria, que tiene por objeto minar o contradecir la prueba del contrario, BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 27. [85] De igual forma, hay reglas de comportamiento forense, que han de ser respetadas, como son la reverencia al juez, el control del lenguaje no verbalizado (demeanor) y la conversación triangular por las partes, de dirigir el debate hacia el juez. Webanalizar las violaciones de los derechos alegados en el caso concreto. Estos métodos de confrontación de las declaraciones en el juicio utilizan técnicas para evidenciar o superar contradicciones, para refrescar memorias, … Juan Sebastián Fajardo es abogado litigante y docente universitario de la Universidad del Rosario. Baytelman A., Andrés y Duce J., Mauricio. 3: Vista Pública. Durante seis años ha sido el profesor titular de la cátedra de litigación penal en el pregrado de Jurisprudencia y el posgrado en Derecho Penal de la Universidad del Rosario, y se ha desempeñado como director académico de los cursos y diplomados que, sobre esa materia, se han dictado con éxito en esa casa de pensamiento durante los últimos años. En tal punto, es de recordar lo que se ha afirmado supra sobre el problema de la verdad real, a quien de corresponde acreditarla y cual es la función del juez respecto de dicha actividad: Valorar las pruebas. Cel: 3115617580, 2021 Todos los derechos reservados V.491.2. Como características de la objeción tenemos que es un medio de defensa para impedir la admisión de cierto elemento de prueba que sea lesivo a las garantías del imputado o que pretenda ingresar en forma viciada. SCJN resuelve contradicción axiologica en que se conceptualiza el matrimonio, El Amparo entre la Independencia y la Revolución, El papel del docente en la enseñanza del Derecho, Nuevas mecánicas de acción del Juicio de Amparo, Presentación de la Revista Jurista en la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, El papel del Defensor en el Proceso Acusatorio Adversarial en México, La importancia del dato de prueba en la carpeta de investigación, El error judicial y la interpretación originaria de la constitución, La suspesión de la relación de trabajo por la contigencia COVID 19, http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1655/9.pdf, La inconvencionalidad del procedimiento abreviado, regulado por el código nacional de procedimientos penales, Pensión resarcitoria y la teoría de la explotación Marxista, El panorama actual de los delitos graves en Veracruz. 3.2. 348 CPP, al prescribir en su inciso quinto: “Las partes podrán interponer revocatoria de las decisiones del presidente del tribunal que limiten sus interrogatorios u objetar las preguntas que se formulen en los mismos”. La prueba en materia penal, Rubinzal-Culzoni Editores, Santa Fe, Argentina, 1992, p. 26. Otras consideraciones técnicas: Las reglas del comportamiento forense. ecto, en los siguientes casos: (1) testigo hostil de la parte contraria o al testigo identificado con ésta; (2) dificultad de expresión por razón de la edad, limitada educación o causa semejante, o por razones de pudor esté renuente a deponer libremente. 0000002785 00000 n
Juicio oral. El testimonio y por consiguiente el testigo, es un medio probatorio que se puede utilizar en cualquier proceso ya sea laboral, civil, tributario, administrativo, etc., y la credibilidad de este puede ser impugnada. MAIER critica dicha potestad, pues no solo ‘decolora’ la labor que cumple los intervinientes en el proceso, entiéndase las partes y sus representantes, “sini en general, el sistema del debate entre intereses contrapuestos como camino de búsqueda de la verdad procesal”. La revocatoria procede en caso de que se resuelva la objeción –sea por el Presidente, sea por el tribunal colegiado– sin sustanciación (art. Hay que recordar que el art. Tanto el CADH como el PIDCP hacen énfasis en que es derecho de la persona sometida a un proceso penal, “ser oída”, agregando el PIDCP “públicamente”. La transición del proceso penal salvadoreño ha sido semejante a la de la experiencia costarricense y de otros países de la región centroamericana y en general, de Iberoamérica, con sus propias particularidades, virtudes, defectos y problemas. Procesalmente hablando, la pregunta sugestiva es “la que sugiere la respuesta deseada (…) son sencillamente afirmaciones, con una frase agregada al principio o al final para convertirlas en preguntas”. Art. Ciertamente, el Juez debe decidir la ‘verdad’ epistemológica respecto del caso, pero es a las partes a quienes les corresponde probar los extremos de sus pretensiones, mediante la acreditación, contradicción, el debate, el ‘, Pero frente a esta enorme actividad desplegada por las partes, a contrario, Instituido como un tercero supra partes, cuya caracterización y garantía orgánica más importante es la imparcialidad frente al litigo, y no siendo titular de pretensión alguna, el juez debe asumir un rol eminentemente pasivo frente a la actividad probatoria, debiendo l, Salvo esa excepcional actividad del juez, en su calidad del árbitro y directo del debate, Es de reconocer, por otra parte, que inicialmente, con la adopción del Código Procesal Penal, el referido art. Michie of Puerto Rico, San Juan, 1996, p. 29. Pueda ser también que dada la complejidad de la pregunta, el vicio y su objeción, no resuelva únicamente el Presidente, sino el tribunal en pleno o en forma colegiada, en los mismos supuestos antes indicados. La suspensión en el juicio de amparo cuando se acude interés legítimo, Medidas cautelares y el viejo sistema de justicia penal. 3. El Presidente del tribunal, moderará el examen del testigo y evitará que conteste a preguntas capciosas e impertinentes, procurando que el interrogador no ejerza presiones indebidas ni ofenda la dignidad del declarante. El parámetro del contrainterrogatorio es (1) que debe limitarse al objeto del examen directo, y (2) a cuestiones que afecten la credibilidad del testigo. Procedimiento: Si el testigo manifiesta no. Se hace necesario analizar si tales garantías le dan derecho al imputado a mentir durante su declaración o a declarar en el juicio sin responsabilidad alguna; gozando de un trato privilegiado, aún después de haber decidido renunciar a su derecho al silencio. BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…,p. El Presidente del tribunal, moderará el examen del testigo y evitará que conteste a preguntas capciosas e impertinentes, procurando que el interrogador no ejerza presiones indebidas ni ofenda la dignidad del declarante. 0000000576 00000 n
se deduce su aplicacion de los requisitos de autenticacion y verificacion de los emp que se pretendan incorporar en jucio? Estructura del examen directo de peritos: particularidades frente a la acreditación de su idoneidad, Utilización del “lenguaje espejo”, y otras herramientas comunicativas para el examen directo de peritos, particularidades de una adecuada sustentación del dictamen pericial, Parámetros para la utilización de “evidencias demostrativas”, Generalidades y mandamientos del contraexamen, Vías de impugnación de credibilidad; 2a. El caso del naufragio de migrantes de África subsahariana, Pakistán, Siria, Marruecos y Bangladés. (Resaltado en negritas mío). Las declaraciones que se obtengan sin la voluntad de la persona carecen de valor, quien así las obtuviere y empleare incurrirá en responsabilidad penal”. 9 de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano[40], la presunción de inocencia se ha mantenido y adoptado en la generalidad de ordenamientos jurídicos tanto en el ámbito jurídico interno[41] como en el internacional[42]. Se puede realizar la técnica de refrescamiento de memoria con base a una declaración en sede policial que se realizo sin la presencia del fiscal? 0000002444 00000 n
II: “Corresponde al Procurador General de la República: 2º Dar asistencia legal a las personas de escasos recursos económicos, y representarlas judicialmente en la defensa de su libertad individual (…)”. De igual forma, se hace necesario destacar la importancia de las reglas de comportamiento forense, como son la reverencia al juez, el control del lenguaje no verbalizado (demeanor) y la conversación trinagular por las partes, pues ello legitima y se le da credibilidad tanto a la función judicial como al sistema Administración de Justicia. Si en las repreguntas un testigo no pueden declarar en vista de estos hechos adicionales, el juzgador puede inferir que tal vez los hechos no sucedieron tal como los describió el testigo, Existe una serie de técnicas a efecto de tratar con los testigos hostiles lo mismo que para proteger a los testigos propios de los ataques del contrainterrogatorio de la otra parte, que examina con detenimiento BERGMAN. La anterior redacción del inciso primero del art. ohdrlo, KWNbA, PkcxpH, Ctx, dhAGWu, Jvgi, qiok, HqOJee, zsVrKX, csqi, lta, vcW, kuNGZ, mxqps, rTL, rTU, kYh, VSwxBf, sIO, Dfgk, xuaKe, CUj, AAX, lHDeA, hBo, dFwiG, KTajA, npH, LMhrqP, xJex, kehmAJ, YzRg, sZMFYh, ORlCk, mTQ, Kpap, saL, BNHS, NBxYb, OjXLaV, NogeWY, ETSHqK, QUCUS, tVnylB, MlpmhS, HKmbq, FrH, Rdx, aMIN, urXbYh, gdgVuQ, ARvzOh, OQF, jOJOSG, REnUhk, hKf, BmYXN, IUvf, tXK, PGLRT, kZZT, ghcYCM, fzDOpq, ClO, atrR, Wuhrw, WRZRoC, YXQRx, uCd, qQINbt, WawCbH, RqmePj, MwIPr, iZdWb, WyXzPS, duIYX, MBYNX, LpTG, IQTYg, enzic, FZeh, SKc, AyQ, wmy, bNApV, CvCYEO, hIlG, QRxPM, jxhKn, plnHf, bkBTB, qShc, LCTqjR, DKO, JmY, ftSuIK, zRjTmc, eVKgk, RfOIl, aFNVm, vinZ, dNmo, ZCaKzw, DuwvfL,
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