1409), sobre este tipo de negocios, no se hubiese positivizado. Lima, quince de Los acreedores pueden embargarla y ejecutarla sin esperar al resultado de la partición, que le es inoponible. <>/F 4/Dest[ 20/XYZ 82 506 0] >>
[59] Art. “Si no se han dado las condiciones de la segunda parte del Art. El boleto de compraventa – instrumento privado – no es más que una promesa de venta (Art. 175 inc. i)) no contempla ninguna modificación para el texto actual.-, En cuanto a este aspecto cobran importancia las consideraciones referentes a los hechos que se enmarcan en la estafa, pues el presente no es otra cosa que una forma particular de fraude. En caso de que el pacto fuera inválido, tal nulidad de acto nulo no afecta el contrato. 750 dispone que. En el estelionato, como en todo fraude defraudatorio, tiene que estar dirigido a inducir a error al sujeto pasivo sobre la condición del bien del cual contrata. 1323, Cód. Facebook. En este caso, a diferencia del siguiente, se protege al comprador o contratante último para el caso de que exista contra él un derecho preferente anterior, cuyo ejercicio lo despojará de la cosa o disminuirá el valor o la garantía sobre los cuales contratará. El tercero en tales casos ha incurrido en error invencible siendo imposible discernir el carácter de cosa robada o perdida, de ahí su derecho a reembolso (Art. Tal como lo establece unánimemente la doctrina, la estafa es un delito contra el patrimonio que requiere para su ... JURISPRUDENCIA PERUANA. : “Antes de la tradición de la cosa, el acreedor no adquiere sobre ella ningún derecho real”. La inscripción registral en modo suficiente para transmitir o constituir derechos reales sobre cosas registrables en los casos legalmente previstos; y sobre cosas no registrables, cuando el tipo del derecho así lo requiera…”. 12.11.2013: É pacífica a jurisprudência do Supremo Tribunal Federal no sentido de que o … Por el dolo eventual se inclinan LAJE ANAYA Justo “La estafa…” (ob. Por ejemplo: no es lo mismo, vender o gravar como propio, un bien inmueble cuya escrituración exige solicitudes previas de dominio y gravamen, ante lo cual hace evidente que el autor debe desplegar necesariamente ardides como el de lograr certificaciones falsas sobre esas condiciones, etc., que vender o gravar un bien mueble como propio donde el silencio del autor sobre su ajenidad es suficiente engaño típico” ([74]).-, CREUS – BUOMPADRE sostienen que empece haber sido eliminada la expresión “callando u ocultando la condición en que se encuentran” el ardid en este caso se conforma no sólo con el mero engaño sino hasta con el silencio, “… puesto que, además de los argumentos deducibles de la misma estructura normativa por la interpretación sistemática de la ley, se tiene que concluir en que éste es uno de los casos en que es exigible el deber de decir la verdad (Art. 19 0 obj
cit. ([49])); ni la inhibición del autor para disponer de ellos decretada judicialmente; ni la afectación del bien a un privilegio – por ejemplo el privilegio concedido al locador por el Art. cit. La clase de litigio o de pleito que estima el derecho penal que puede apreciarse en el estelionato es uno en el que se discuta la propiedad del bien, su disponibilidad o posesión. p. 362); D´ALESSIO Andrés (ob. (pjn.gov.ar). ..?” ob. 1072 ([87]) del C.C) ([88]). cit. 1. Vendió junto a Flores Tumba el citado, inmueble, pese a que la primera tenía pleno NAVAS RIAL Claudio – ALVERO Marcelo ob. PIURA . Sin tradición el título resulta insuficiente para transmitir el derecho real. 208 inc. 9º) es el que contempla la redacción actual.-, El Proyecto Segovia de 1895 (art. En estos casos es evidente que la consumación del delito de estafa al comprador no resulta del sólo hecho del pago del precio y lo peor que puede ocurrirle es que le reivindiquen la cosa; pero esta última posibilidad está ex ante calificada por la ley como no generadora posible de perjuicio, porque el objeto no puede ser retirado sin rescate y no parece, que en el pago del precio se comprenda ni siquiera un perjuicio potencial para el comprador normal. de Sent. 8 0 obj
C.N. Ya al hablar de las acciones anteriores y posteriores analiza esta cuestión presentando los siguientes criterios: a) la acción de vender el objeto robado desplaza al Art. contiene. Por ello, debe confirmarse el procesamiento de la imputada en orden al delito de estelionato (arts. Por otra parte, para repeler la acción reivindicatoria del propietario la posesión tiene que ser a título oneroso (arts. v�I�'������@T�#!E�uYE���B�=`��Y�h�q�P}d�as�!�ox\�y ܸ�9*�ԖȂb�/ڻ. norma extrapenal, el artículo 1411 del Código, Civil, que regula la observancia de la formalidad falta de dolo. Se inaplicó una En cambio y por excepción, se exige la restitución de ese precio por el reivindicante: 1) Cuando la cosa fue vendida con otras iguales en venta pública (p. ej. – ([50]).-, De hecho, se entiende que el gravamen debe ser válido, estar constituido – trabado – y no haber caducado – subsistente – antes de la venta o gravamen sobre el bien ([51]).-, Arrienda: quien concede a otro el uso y goce de una cosa por un precio determinado en dinero (Art. +/gȚ(>F?�D(�'@�:@1����c8�P���2|�4MI��o�H��ԕ�O��CO�Tfڽ�05��U)��D*;=cg�XYƲ�xAA�kDVX��Ո��2X(�g�l�M�t��Ii�㢜���RjZ�����]aئ� eeœ�5E/�����ՙ�� I��hJ�� �hn���� �z0�����b�l��8�+�x"�Gr�2�.���b�8�LD$0�5g����6e�[��/w�hJ�_���RF9 173 inc. 9º), por no ser querellante la adquirente del bien. La enajenación de un bien litigioso configura la figura de estelionato. Esta es una figura denominada “hurto – defraudación”.-, SOLER consigna al abordar esta cuestión que: “Pocas disposiciones penales han dado lugar, entre nosotros, a más encontrados comentarios y resoluciones, sobre todo por el hecho de que esta disposición ha sido reiteradamente aplicada con la del hurto, creándose la figura compleja del hurto – defraudación, construcción de la cual resultan castigados por defraudación la mayoría de los autores de hurto, ya que la venta de lo hurtado es el proceder casi constante del ladrón… Se trata de una ingeniosa manera indirecta de castigar a los ladrones que en vez de consumir la cosa (tornando irreparable el mal) la enajenan (haciendo posible la reivindicación) de manera que el hurto con consumo tiene pena máxima de dos años y el hurto con venta, la de ocho, pena que se aplicó hasta en el caso en que el comprador había consumido por mezcla la cosa comprada y beneficiado vendiendo el producto…” ([77]). ps. El procesado que ilícitamente sustrajo un bien del lugar donde trabajaba, para luego venderlo, actuó con clara unidad delictual, pues se apoderó del objeto con el único propósito de venderlo al denunciante, constituyendo su conducta un accionar continuo desde su primitiva decisión de lucrar con la cosa de otro, por lo que debe calificarse el hecho como hurto en concurso ideal con estelionato tentado. perjuicio de Juan Vianney Gutiérrez Mamani, les impuso un, año y tres De modo, que la única posibilidad restante de considerar existente la defraudación, estaría dada por el caso de que el comprador de simple buena fe conservara la cosa y se la reivindicaran. 29. Rebeca Salome Quispe Mamani, sino su, cosentenciada Fuentes Penal, en el futuro imperfecto del modo subjuntivo “vendiere” implica para la existencia de este ilícito, la efectiva transferencia del dominio del rodado y así, hasta la inscripción del respectivo contrato en el Registro de la Propiedad del Automotor no puede hablarse de venta, sino de una simple promesa, no hallándose configurado el delito de marras” (Del voto en disidencia del Dr. Cataldi). cit. <>/F 4/Dest[ 4/XYZ 82 771 0] >>
resulta evidente que en este caso, no puede haber estafa, ya que no hay error de comprador. Abusos de situación. 23 0 obj
El que paga el precio, se llama en este Código “locatario”, “arrendatario” o “inquilino”, y el que lo recibe “locador” o “arrendador”. y Garantías, Trenque Lauquen, Buenos Aires. 1º, Sala II, Paraná, Entre Ríos, 13/02/1991, «R., C. A. s/ defraudación por retención indebida y estelionato en concurso ideal», 102 1857 001857 S. J (www.jusentrerios.gov.ar). Publicado en www.ijeditores.com.ar y en www.terragnijurista.com.ar, Sobre la ley 26.879 de Registro Nacional de Datos Genéticos para los delitos contra la integridad sexual. endobj
Tal situación de reemplazo suele estar prevista en los códigos procesales. de su, conducta por: i) falta de ajenidad del inmueble; Crim. 173, inc. 9º del Cód. Se constituye por el dueño o la totalidad de los copropietarios, por contrato formalizado en instrumento público o privado y tradición al acreedor prendario o a un tercero designado por las partes…”. Son necesarias facultades expresas para todo acto que excede la explotación normal de los bienes indivisos y para la contratación de locaciones. «Estafa, estelionato y silencio en la reciente reforma penal», en: «Estudios Jurídico » penales sobre insolvencia y delito», Edit. s/ Estafa», P 32930 S, www.jusbuenosaires.gov.ar. 4- Aspecto subjetivo. ÚLTIMO: El profesor Leysser León dictará en curso de responsabilidad civil…, ÚLTIMO: El profesor Juan Espinoza dictará en curso de responsabilidad civil…, ¿Cómo se realiza el cálculo de la indemnización por despido arbitrario?…, Suprema establece requisitos para acreditar la intimidación en la extinción del…, ¿Qué es un contrato modal para obra determinada o servicio específico?…, Jurisprudencia del artículo 57 del TUO del DL 728.- Contrato por…. Estelionato STF, HC 99.503, Rel. Por ello, debe confirmarse el procesamiento dictado a los imputados en orden al delito de estelionato, con la aclaración que se los considera «prima facie» autor e instigador, respectivamente (arts. 19-1, Enero 2022; Sentidos de delito político y participación en política proyectados por los magistrados de la Corte Constitucional colombiana a través de las argumentaciones empleadas en la Sentencia C-577 de 2014 y salvamentos de voto 348) y del Código español de 1848 (Art. ej. NÚÑEZ Ricardo“¿Quién …?” ob. ps. En dicha fecha se realizó la audiencia con la concurrencia de las defensas de Margarita Orfa Fuentes Delgado y Leoncia Flores Tumba, abogados Felipe Surco Arteaga y Jorge Quispe Laiza, respectivamente. 176 inc. 9 C. P.). <>
El Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación en el art. La decisión y los actos de mayor número, no obligan a los otros coherederos que no han prestado su consentimiento. 337 del CP, que a la letra dispone que “el que vendiere o gravare como bienes libres los que fueren … [72] NÚÑEZ Ricardo (ob. garantía constitucional del debido proceso en su, manifestación de debida motivación, por atipicidad [76] “El estelionato definido en el inc. 9º el Art. Min. 128, CP”. [50] NÚÑEZ Ricardo (ob. Corte Suprema observa que este tipo penal presenta sus propios elementos. Aunque, también sobre esta cuestión hay algunos que entienden que en el caso de la permuta cabe una protección similar a la de la venta, pues aquélla, de conformidad con las leyes civiles, es una doble venta ([55]). Conf. 29 0 obj
[55] “Aplicar la punición contenida en el tipo penal del estelionato sólo a los casos en que el sujeto activo “venda” un auto prendado y no cuando lo “permute”, resulta contrario al método de interpretación progresivo de la ley ya que, si bien esta última está regulada en forma separada de la compraventa, no es sino una especie de aquélla, desde que en fondo ese trueque de una cosa por un precio en dinero”. Nova Tesis, Buenos Aires, 2004, p. 184. Considera que el que compró creyendo comprar en una casa de comercio es comprador de optima fides, aunque se tratase de una falsa casa de comercio, por lo tanto esa verdadera presunción de buena fe está cubierta desde la compra en todos los lugares de venta hasta la modesta operación que realiza la dueña de casa con el más rudimentario comercio ambulante. Web10 de Janeiro de 2023 Peça extraída do processo n° XXXXXXX-XX.2020.8.26.0537 Petição (Outras) - TJSP - Ação Estelionato - Inquérito Policial - de Justiça Pública Siendo simulados los actos jurídicos no hay delito, aunque si se transfiere simuladamente un bien a una persona y ésta la vende o grava como propia comete el delito de estelionato. [46] Art. En el caso de las cosas muebles se aplica simplemente el artículo recién mencionado. cit. Buscar! El precio se llama también “arrendamiento” o “alquiler””. Hace referencia al artículo anterior, el 2776 referida a la cosa inmueble donde la reivindicación es posible contra el actual poseedor que lo hubo por despojo contra el reivindicante. : “Compete también contra el actual poseedor de buena fe que por título oneroso la hubiere obtenido de un enajenante de mala fe o de un sucesor obligado a restituirla al reivindicante como el comodatario”. [64] Art. Asimismo, si el primer adquirente lo hizo de buena fe y el segundo de mala fe, el encubridor sería este último y si el primer adquirente fue de mala fe y el segundo de buena fe, el primero sería el encubridor ([101]).-, Es decir, que este autor, de acuerdo a los comentarios que efectúa de algunos fallos que se han puesto a guisa de ejemplo, se inclina por la existencia del concurso real entre el encubrimiento y el estelionato. C.N.Crim y Correc., sala VII, 5-11-2002, «C., S.A.», c. 19.928, BJCNCC Nº 4-2002. 7 0 obj
No se configura el delito de estelionato (art. La Plata, Sala II, 21/06/1988, R.S.D 55 – 88. 162. WebJurisprudencia del artículo 27 del TUO del DL 728.- ... Complicidad en el delito de estelionato [RN 313-2019, Lima] LP • Pasión por el Derecho-25 marzo, 2021. Descargar. Crim. “La segunda parte del Art. Perca y, Juana Gerónima Anticona de Chura celebraron un endobj
Al contrato de locación se aplica un subsidio lo dispuesto con respecto al consentimiento, precio y objeto del contrato de compraventa”. El recurso de nulidad no expresa agravios, lo que, en virtud del principio de congruencia recursal, impide el pronunciamiento de este Tribunal; sin embargo, ello … Art 1539 cc, La existencia de mala fe, ocasiona la inaplicabilidad de los principios registrales contenidos en los artículos 2012 y 2014 del código civil, ©2023 vLex.com Todos los derechos reservados, VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. 173 inc. 9 Cód. 2412 del C.C ([92])), de manera que el pago del precio de una cosa mueble de la que se ha hecho tradición, únicamente puede ser perjudicial para el comprador de buena fe si la cosa es robada o perdida y su naturaleza no impide la reivindicación (Art. VALENCIA JIMÉNEZ . Se aplicó CREUS Carlos – BUOMPADRE Jorge ob. Pero si no ha sido engañado acerca de esas condiciones, el comprador, a pesar de su buena fe (?) No es necesaria la tradición, cuando la cosa es tenida a nombre del propietario, y éste pasa la posesión a quien la tenía a su nombre, o cuando el que la poseía a nombre del propietario, principia a poseerla a nombre de otro, quien la adquiere desde que el tenedor queda notificado de la identidad al nuevo poseedor. 2762 C.C. : “Dominio imperfecto es el derecho real revocable o fiduciario de una sola persona sobre una cosa propia, mueble o inmueble, o al reservado por el dueño perfecto de una cosa que enajena solamente su dominio útil”. art. 1988 III – 82. [11] Art. Civil), con lo que estamos en un supuesto de silencio calificado configurador de defraudación por omisión. 577 ([63]), 1371 inc. 2º ([64]) y 3265 ([65]) del C.C); ni es ajeno el bien cuya tradición se ha hecho en otra forma que la dispuesta por la ley” ([66]).-, Litigioso: el bien es de este carácter si al momento del acaecimiento del hecho constituye el objeto de una litis judicial, no sólo sobre el dominio, sino sobre su condición de libre o gravado.-, Embargado: se encuentra en esta condición el bien, cuando al momento del hecho, se haya individualizado y afectado al pago de un crédito mediante su secuestro – cosa mueble – o, por la anotación del embargo en el registro respectivo – cosa mueble registrable o inmueble – y tiene que tratarse de un embargo “trabado” no siendo suficiente la existencia del pedido de parte ni la orden del juez mientras ésta no se haya cumplido ([67]).-, Gravado: reviste tal condición el bien cuando pesa sobre el mismo un derecho real de garantía – según se ha visto ut – supra – constituido de acuerdo a las formalidades requeridas por la ley a los efectos de que aquél pueda ser opuesto contra terceros.-, Al tratar el bien jurídico protegido se había deslizado la opinión de que el estelionato participaba de la forma de la estafa y por consiguiente era necesario la concurrencia de un ardid inicial. Los textos de los arts. cit. Lerner, Córdoba, 2007, p. 432. 162 ni desplazado por el Art. b) La defensa técnica de las sentenciadas Teresa Amelia Watanabe Uyeki y Rosa Patricia Ywanaga Watanabe contra la misma sentencia de vista, en el … 173 inc. 9º, pero no al Art. El art. Crim. ACTUALIZADO. procesales: 2.1. establecido para el delito de estafa, debido a que se trata de un supuesto especial. [71] “… El delito del Art. Tumba (se precisa que según la escritura pública, se trata de dólares 1º Nominación Catamarca – 14/11/2005 – Villagra, Luis R. – LLNOA 2006, 245 con nota de Adolfo Javier Christen. 40. dos mil quince (foja 41), que las condenó como autoras, del delito de (art. 41/42). y Correc.,Sala V, 15/06/2005, » Barrera, Virginia Ercilia y otros», c. 26.964. 173 inc. 11º en los siguientes términos: “El que, habiendo firmado boleto de venta de una cosa, mueble o inmueble, y recibido total o parcialmente su precio, durante la vigencia de aquél o por acto voluntario imposibilitare la transferencia del dominio en las condiciones establecidas en el mismo”, este artículo es derogado por la ley 16.648 y la ley de facto 17.567 introduce un texto que contempla tal situación, más otras, por la repercusión que habían tenido los fallos plenarios “Cusel” ([33]) y “Barredo” ([34]) ([35]).-, En apoyo de esta corriente interpretativa, razonadamente se ha dicho que la inclusión del boleto de compraventa dentro de la tutela de la figura de desbaratamiento de derechos es incuestionable por varias razones: 1) se ha trasladado al delito de desbaratamientos de derechos acordados una problemática que si bien puede tener cabida en la figura del estelionato, cuando se analiza el significado que debe acordarse al término “venta” no encuentra la misma justificación en el inc. 11, donde expresamente se consigna la frase “aunque no importe enajenación”. Por consiguiente, si la obligación tiene fuente contractual, cabe distinguir el contrato principal en sí mismo, del acuerdo accesorio a través del cual se constituye el derecho real de prenda. Comentado y concordado”, 6ª edición, actualizada y ampliada, t. II, Ed. En cambio, si garantizó esa entrega, la indemnización se debe aunque no obrare con culpa. 3.1- Venta. En virtud del estado psíquico de la poderdante, debe considerarse falso el contenido del acto, por cuanto la escribana que extendió el referido instrumento público no podía desconocer su estado de salud y, por ello, corresponde homologar su procesamiento en orden al delito de falsificación ideológica de documento público en calidad de autora en concurso real con defraudación por estelionato como partícipe necesaria (arts. Atento a su sustancia, todos los casos de estelionato integraban un atentado o una lesión a bienes patrimoniales, de modo que el estelionato, es un delito patrimonial, por ende, privado, y castigado menos severamente que el crimen falsi ([2]).-, Siguiendo con este racconto histórico, ya en la Edad Media la doctrina crea un nuevo falsum, en el cual también se incluyeron los casos de fraude patrimonial, por consiguiente, el estelionato pasó a ser un delito subsidiario, empece se confundieron las dos figuras y el estelionato medieval se diferenció en forma notable del romano y de la estafa actual. p. 279) “Generalmente en la venta de inmuebles el engaño es insusceptible de producirse”. Sobre el embargo en forma de inscripción de los bienes sociales habrÃa que distinguir dos momentos: El judicial y el registral. Bono Alimentario 2022: Link para consultar si soy beneficiario de los... ¡Atención! Capital Federal – Cusel – JA 1966 – IV – 177. en clave procesal es agraviado tanto el primero como el segundo; y, en delitos de persecución pública, el perjudicado por el delito puede constituirse en actor civil. WebPara continuar leyendo, debe ingresar a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña aquí. mayo de dos mil diecinueve, VISTOS: en audiencia SOLER Sebastián ob. La venta de cosa ajena como delito penal aprehendido por el art. Art. 2377). 13 0 obj
173, inc. 9º del C.P., quien vende a un tercero de buena fe el objeto material del anterior delito de robo o hurto, sino que la situación debe ser resuelta según las modalidades de hecho que ofrece cada caso particular sometido a decisión judicial, con especial referencia a los elementos constitutivos que exige para su configuración jurídica el delito en cuestión. Suscripción a la Biblioteca Jurídica Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos. Así los automotores, buques, aeronaves, ganado, caballos de pura sangre de carrera” (Cfme. 1997). el recurso de casación excepcional, previsto en el numeral cuatro, del artículo cuatrocientos veintisiete del código procesal penal, exige no solo se consigne el tema de desarrollo jurisprudencial, sino también los fundamentos adicionales o puntuales que justifiquen el desarrollo de la misma, relacionado a su propuesta, conforme a lo dispuesto por el numeral tres, Cuando se identifiquen los elementos de un delito continuado en perjuicio de una pluralidad de víctimas, conforme lo indica la norma penal (artículo cuarenta y nueve del código penal), es factible la extensión de la pena máxima por el delito cometido (hasta un tercio). C.N. : “Pueden ser objetos de los contratos las cosas litigiosas, las dadas en prenda, o en anticresis, hipotecadas o embargadas, salvo el deber de satisfacer el perjuicio, que del contrato resultare a terceros”. 215 incs. 1179 C.C. 16 0 obj
Penal- decretado respecto del propietario de un automotor que intentó venderlo a pesar de la existencia de una deuda por patentes impagas que impedían el traspaso del dominio, ya que el hecho de haber ocultado dichos gravámenes no configura el fraude típico de la estafa, en tanto la simple mentira o bien callar cuando no existe el deber de expresarse no importan por sí mismos la conducta prevista por la norma, si no van acompañados de un proceder intencionalmente dirigido a inducir a un error. C. Penal Morón, sala II – Solfori, Luis R. – 27/07/1989 – DJ 1989-2, 1090. 2777 del C.C ([91])). Si el vehículo fue entregado en pago por el imputado a la víctima a cuenta de mayor precio, para la compra de otro automotor, pese a la existencia de un formulario 08 donde se reflejaba la venta del vehículo, la venta en realidad no ocurrió y, en consecuencia, al no existir tal enajenación no puede bajo ningún concepto calificarse la supuesta conducta disvaliosa del encartado en las previsiones del art. El silencio guardado por los vendedores al suscribir el boleto de compraventa acerca de una hipoteca que gravaba el inmueble, si bien pudo tener relevancia penal según el art. cit. p. 341). La citada El dueño de la cosa no es el estafado por el acto de venta, aunque pueda ser un damnificado. WebEXP. 2661 C.C. La mala fe se presume en los siguientes casos: a) cuando el título es de nulidad manifiesta; b) cuando se adquiere de persona que habitualmente no hace tradición de esa clase de cosas y carece de medios para adquirirlas; c) cuando recae sobre ganado marcado o señalado, si el diseño fue registrado por otra persona”. Roberto Barroso , 1ª Turma, j. ; BORDA Guillermo «Tratado de Derecho Civil», Contratos, t. I, Ed. 173, castiga con la pena correspondiente a la estafa para: “El que vendiere o gravare como bienes libres, los que fueren litigiosos o estuvieren embargados o gravados; y el que vendiere, gravare o arrendare como propios, bienes ajenos”.-, Sobre la denominación de este tipo hay unanimidad en la doctrina de llamarlo “estelionato”.-, En cuanto a esta forma de fraude, se puede decir que el stellionatus ([1]) se trataba de un crimen extraordinario no definido por el derecho romano, creado en el siglo II DC y comprendía las lesiones patrimoniales fraudulentas no previstas anteriormente, es decir, que no absorbía las especies de fraudes ya previstas y castigadas. Idéntica postura sustenta DONNA al considerar que el tipo en cuestión, se trata de una forma de estafa y que el sólo silencio alcanza para consumar la misma, dándose el supuesto de estafa por omisión, apoyándose en las enseñanzas de GONZALES RUS (Cfme. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL . no son óbice para considerarlo como un verdadero contrato de compraventa en firme, serio y definitivo, perfecto en sí mismo, en donde la exigencia de escritura pública es un requisito formal que hace al modo de la adquisición del dominio con independencia de la compraventa en sí ([42]).-, En síntesis, creo que la inclusión del boleto de compraventa con un derecho acordado y por ende susceptible de ser desbaratado, a esta altura del relato y con los argumentos expuestos al referirme al estelionato, aunados a los anteriormente mencionados, marginan toda duda respecto a la cuestión que resulta clara en el sentido expresado, recordando, a fuer de ser redundante, que los antecedentes que se tuvieron en cuenta en la confección – más allá de ciertas imperfecciones lingüísticas – de la norma, justamente preveían las operaciones inmobiliarias con boletos de compraventa, que posteriormente se frustraban ante las actitudes del “vendedor” que realizaba operaciones “non sanctas”([43]).-, Una problemática semejante se plantea con respecto a los bienes muebles registrables pues para que se produzca la venta de los mismos resulta, en principio, constitutiva de derechos la inscripción en el Registro Público respectivo ([44]).
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